fuero: (Del lat. forum, foro).Der. Competencia jurisdiccional especial que corresponde a ciertas personas por razón de su cargo. Fuero parlamentario
La Constitución española en el Título III, De las Cortes Generales, establece lo siguiente en el artículo 71:
Inviolabilidad e inmunidad parlamentarias
1. Los Diputados y Senadores gozarán de inviolabilidad por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones.
1. Los Diputados y Senadores gozarán de inviolabilidad por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones.
2. Durante el período de su mandato los Diputados y Senadores gozarán asimismo de inmunidad y sólo podrán ser detenidos en caso de flagrante delito. No podrán ser inculpados ni procesados sin la previa autorización de la Cámara respectiva.
3. En las causas contra Diputados y Senadores será competente la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.
4. Los Diputados y Senadores percibirán una asignación que será fijada por las respectivas Cámaras.
Esto viene a decir que tanto Diputados como Senadores, en el ejercicio de lo que dure su mandato, no pueden ser detenidos ni procesados sin la autorización de su Cámara excepto cuando sean sorprendidos en plena acción delictiva.
Pensemos por un momento qué hace falta para que un parlamentario español que comete un delito sea solamente enjuiciado.
Digamos que soy parlamentario y cometo un delito en el que hago beneficiario del dinero de mi presupuesto ministerial (obvio que soy ministro, imaginario) al partido político que pertenezco. Si se comprueba el delito y se me quiere enjuiciar habría dos situaciones:
Primera: los parlamentarios creen que no merece la pena quitarme el fuero, o que los jueces actúan con motivaciones pseudopolíticas y me quedo más ancho que largo sin ningún tipo de condena. Si mi partido tuviera la mayoría necesaria (o la minoría necesaria) en el Congreso y no quisiese quitarme el fuero, ni siquiera importaría que hiciese la oposición
Segundo: en un acto de lealtad a la democracia y a sus valores, los diputados me quitan el fuero y voy a juicio en el Tribunal Supremo lo que en caso de error no hay derecho a apelación.
Ahora solo nos queda preguntarnos para cualquier delito que cometan nuestros parlamentarios... ¿debemos confiar en nuestros políticos? ¿creen ellos en los valores democráticos? Los único que nos queda es confiar en un sistema viciado como el nuestro y tener fe en nuestros políticos para que no malusen el poder excesivo que le hemos otorgado (fuero parlamentario) ; pero cuando un político te pide fe en él, algo mal tiene que ir.
